Nuevas declaraciones de Patrimonio Cultural Pampeano

El Gobierno de La Pampa, con intervención de la Secretaría de Cultura y a través de la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural, continúa trabajando en época de pandemia.

La Secretaría de Cultura como autoridad de aplicación de la Ley Provincial Nº 2083, a través de una serie de resoluciones, incorporó recientemente al Registro Provincial de Patrimonio Cultural: el edificio del Correo Nacional de la ciudad de Santa Rosa, los Sitios Arqueológicos con Arte Rupestre y la Casa de la Cultura en la localidad de Trenel.

Correo Nacional de la ciudad de Santa Rosa
La solicitud es del Colegio de Arquitectos de La Pampa, tomando en cuenta un informe de la Arq. María Rosa Di Liscia, donde se destacan aspectos históricos, constructivos, arquitectónicos, paisajístico-ambiental y la situación actual, incluyendo fotografías que ilustran el presente estado del edificio.
La Secretaría de Cultura a través de la Resolución N° 77/20 inscribió en el Registro Provincial de Patrimonio Cultural al Edificio del Correo Nacional, ubicado en calle Rivadavia N° 202 de la ciudad de Santa Rosa, provincia de La Pampa, con el Registro Número 52, Ley Provincial N 2083, de acuerdo al Dictamen de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural.
Entre los antecedentes, cabe mencionar también que el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa había sancionado la Ordenanza Municipal N° 5848/18, que lo declaró de “Interés Municipal” en los términos de la Ordenanza N° 783/90.

Sitios Arqueológicos con Arte Rupestre
La solicitud fue elevada por personal técnico de la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural, que presentó un informe para justificar y argumentar dicho pedido.
Analizada la petición, la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural en ejercicio de sus funciones legalmente atribuidas emitió opinión favorable, por lo que la Secretaría de Cultura a través de la Resolución 78/20 inscribió a los Sitios Arqueológicos con Arte Rupestre en el Registro Provincial de Patrimonio Cultural con el Número 56 – Ley Provincial N° 2083.
En el informe se indica que los sitios con arte rupestre se relacionan “con las expresiones simbólicas de los grupos humanos que habitaron nuestras tierras en el pasado”, cuya presencia se remonta hacia los 8.600 años antes del presente. Estos sitios constituyeron la base para dar inicio a las investigaciones científicas a partir de la década de 1.960 por parte de diversos especialistas. Su estado de conservación se ha evaluado en distintas oportunidades desde 1.995 a la fecha por personal especializado de la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural y del Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano.
Dichas representaciones brindan información acerca del sistema de ideas de quienes las produjeron, el mundo anímico de sus autores, los animales que formaban parte de su dieta, el ambiente que los rodeaba y también sobre la movilidad de los grupos y de su territorialidad.
Además, al valor científico de las pinturas rupestres se agrega su valor educativo y turístico, ya que posibilita el acceso “al conocimiento de las sociedades que produjeron estos testimonios” y constituyen “el punto de partida para el disfrute del patrimonio cultural y la historia del lugar”.
Estos bienes también están protegidos por la reciente sanción de la Ley 3104 de Patrimonio Arqueológico y Paleontológico, que reconoce a los pueblos originarios el derecho de acceso, consentimiento y participación en los procedimientos a realizar.
Los sitios con arte rupestre, sus características y localización aproximada se han detallado en el mencionado informe, a la vez que se procede a notificar a los propietarios de los establecimientos rurales que albergan estos sitios: al Intendente del Parque Nacional Lihué Calel, a las municipalidades de Quehué, Puelches, La Humada y Puelén, y al Consejo Provincial del Aborigen.

Edificio de la Casa de la Cultura en Trenel
El Intendente Municipal y la responsable del Área Municipal de Cultura elevan un informe sobre este bien, por el cual solicitan su declaración como Patrimonio Cultural de la provincia de La Pampa, edificio que en la actualidad funciona como Centro Cultural y donde se encuentra el Museo Histórico de la localidad. En el informe destacan aspectos históricos, constructivos, arquitectónicos y situación actual, incluyendo fotografías que ilustran el presente estado del edificio.
La Comisión Provincial de Patrimonio Cultural emite Dictamen y por las consideraciones expuestas, hace lugar a la solicitud presentada por la Municipalidad de Trenel; por lo que la Secretaría de Cultura mediante Resolución N° 79/20 inscribe con el Número 53 en el Registro Provincial de Patrimonio Cultural – Ley Provincial N° 2083, al “Edificio de la Casa de la Cultura”, ubicado en las calles Leandro N. Alem y Ceballos de la localidad de Trenel, provincia de La Pampa.
Entre los considerandos se destaca que el bien en cuestión posee un valor histórico intrínseco, ya que ha sido construido por la Sociedad Estancias y Colonias Trenel S.A. en el año 1.906, conservando en la actualidad su arquitectura original, tanto en su fachada como en su interior.
En el año 2006 el Concejo Deliberante de la localidad de Trenel declara mediante Ordenanza Municipal N° 10/2006 de “Interés Patrimonial Municipal al Edificio ex – Estancias y Colonias Trenel S.A. actualmente Casa de la Cultura”.
Se deja constancia de la Escritura N° 98, por medio de la cual Estancias y Colonias Trenel S.A. efectúa la donación a favor de la Municipalidad de Trenel.