Recursos de extracciones minerales retornan a las arcas municipales

En el Salón Auditorio de Vialidad Provincial se llevó a cabo hoy, y continuará mañana, una reunión explicativa de los alcances de la Ley N° 3019, que vela los intereses comunales respecto al tránsito de material minero por los caminos de cada jurisdicción municipal.

Dicha ley se dictó en octubre de 2017 y se implementó a partir del Decreto N° 2537/18, con fecha 2 de agosto del corriente año.

Con ese objetivo fueron invitados a Santa Rosa representantes municipales de General Acha, La Adela, Toay, Macachín, Eduardo Castex, Ataliva Roca, Falucho, Arata, Metileo, Trenel y Alta Italia. Se trata del segundo encuentro con el mismo propósito, puesto que el 6 de septiembre pasado se instruyeron, en Casa de Piedra, referentes de las comunas de Jacinto Aráuz, General San Martín, Casa de Piedra, 25 de Mayo, Gobernador Duval y Casa de Piedra.

La serie de reuniones culminará mañana con la recepción de los productores mineros. María de los Ángeles Róveda, titular de la Dirección de Minería, junto a Cristian Buss, subdirector de Inspecciones, encabezaron la jornada con los referentes municipales y destacaron la importancia de la Ley para las comunas involucradas.

En primer término se aclaró que a través de la aplicación serán los municipios los encargados de cobrar las guías de tránsito para el material minero y también las multas que se generen por incumplimiento a la misma. Hasta la llegada de la ley, la expedición de las guías de tránsito o certificado de propiedad y libre tránsito para que los productores mineros pudieran despachar y transitar por el territorio provincial giraba bajo la órbita directa de la Subsecretaría de Hidrocarburos, en la ciudad de Santa Rosa, sin que los municipios y las comisiones de fomento tuvieran participación alguna en materia minera.

Con las modificaciones sancionadas, entre ellas el Artículo 13 de la Ley N° 1602, que norma las regalías mineras, se dispuso que los municipios y/o comisiones de fomento son las encargadas de expedir las guías de tránsito de minerales a las personas físicas o jurídicas que, inscriptas en el Registro de Productores Mineros, las solicitaren. Además se instituyó que cada Ente percibirá la totalidad de lo recaudado en concepto de tasa por el servicio de expedición de las mismas, como así también el producido por las multas labradas en infracción a ello.

«Lo recaudado en virtud del servicio de expedición de las mentadas guías de tránsito contribuirá a sufragar los gastos de la reparación de los caminos vecinales existentes en su correspondiente ejido, los cuales sufren un gran deterioro y desgaste con motivo del transporte de minerales», señalaron los funcionarios.