El administrador provincial de Energía, Gonzalo Marcos, se refirió a la postura planteada por la Cooperativa Popular de Electricidad, frente a los tendidos de comunicaciones ilegales sobres sus columnas del servicio público de electricidad, y la espera de una “resolución” por parte de la APE.
“Sinceramente no sé a qué resolución se refiere el presidente de la CPE, Alfredo Carrascal. Entiendo que la resolución que él necesita está en la respuesta a una nota que ellos nos enviaron denunciando los tendidos y pidiéndonos que tomemos intervención en el asunto. En esta situación hay dos aspectos a analizar: por un lado están las acciones que le competen desarrollar a la APE como autoridad de aplicación, en función a lo especificado por la Ley Nº 3140, para lo cual hemos iniciado las actuaciones de verificar y, eventualmente, sancionar a TELECOM dentro del marco legal pertinente por las posibles violaciones. Esta investigación se está realizando bajo en el expediente caratulado como: Denuncia de la CPE por incumplimiento a la Ley Nº 3140.
En segundo lugar, están las facultades que le confiere la Ley a la CPE ante una situación como la planteada. La Ley claramente faculta a las cooperativas a que en el caso de que se detecten tendidos ilegales de redes físicas de telecomunicaciones que pudieran poner en riesgo potencial a la infraestructura de un servicio público vital, como es la distribución de energía eléctrica, puedan retirarlas. Realmente llama la atención que el presidente de la CPE tenga dudas sobre la interpretación de la Ley, cuando fue una Ley que ellos mismos han impulsado y que tuvo el visto bueno de toda la FEPAMCO, siendo funcional a la necesidades que las cooperativas estaban planteando en su momento. La verdad es que me desorienta la interpretación dubitativa que se realiza de la Ley”, indicó Marcos.
Para finalizar informó que la posición de la Administración Provincial de Energía fue comunicada mediante Nota APE N°452/19 con fecha 31 de octubre de 2019, hacia la CPE. “Se les informó que iniciamos las actuaciones pertinentes, y les hemos señalado las facultades que les confiere la Ley. Después, lo que el presidente de la CPE decida hacer, o no, dentro del seno de su Consejo de Administración, es mera responsabilidad de ellos”, concluyó.
En segundo lugar, están las facultades que le confiere la Ley a la CPE ante una situación como la planteada. La Ley claramente faculta a las cooperativas a que en el caso de que se detecten tendidos ilegales de redes físicas de telecomunicaciones que pudieran poner en riesgo potencial a la infraestructura de un servicio público vital, como es la distribución de energía eléctrica, puedan retirarlas. Realmente llama la atención que el presidente de la CPE tenga dudas sobre la interpretación de la Ley, cuando fue una Ley que ellos mismos han impulsado y que tuvo el visto bueno de toda la FEPAMCO, siendo funcional a la necesidades que las cooperativas estaban planteando en su momento. La verdad es que me desorienta la interpretación dubitativa que se realiza de la Ley”, indicó Marcos.
Para finalizar informó que la posición de la Administración Provincial de Energía fue comunicada mediante Nota APE N°452/19 con fecha 31 de octubre de 2019, hacia la CPE. “Se les informó que iniciamos las actuaciones pertinentes, y les hemos señalado las facultades que les confiere la Ley. Después, lo que el presidente de la CPE decida hacer, o no, dentro del seno de su Consejo de Administración, es mera responsabilidad de ellos”, concluyó.