En virtud de las medidas adoptadas por el Ejecutivo nacional para atender la emergencia sanitaria por Coronavirus, la obra social SEMPRE instó a sus afiliados a utilizar los medios electrónicos y telefónicos disponibles para evitar la circulación por los edificios públicos. Con la convicción que “Si la población se detiene, el virus también”, desde la institución se detalló que trámites no requerirán de autorizaciones hasta el 30 de abril, se prorrogarán en forma automática o bien cuáles podrán gestionar los mismos afiliados por su cuenta o ante los prestadores.
Desde el día 20 de marzo y hasta el 30 de abril se adoptaron las siguientes medidas, que podrán ser prorrogables de acuerdo al devenir de la situación sanitaria nacional.
-No necesitarán de autorización las siguientes prestaciones:
- Prestaciones médicas (todas las especialidades) y servicios auxiliares (kinesiología, fonoaudiología, psicología, etc) incluidas en el nomenclador SEMPRE.
- Prestaciones odontológicas incluidas en el nomenclador SEMPRE.
- Prestaciones bioquímicas incluidas en el nomenclador SEMPRE.
- Medicamentos que integran el formulario terapéutico y anexos de SEMPRE 2020, incluidos todos los medicamentos de uso crónico.
-Se prorrogarán en forma automática:
- Todas las autorizaciones, vigentes a la fecha o vencidas recientemente, de prestaciones no nomencladas y/o ayudas económicas para acompañamiento que son por tiempo determinado. Por este motivo no se solicitará ningún trámite en la obra social, excepto que a criterio del profesional se modifique el tratamiento vigente. Se prorroga hasta el 30/04/2020.
- La cobertura afiliatoria de todos los estudiantes a cargo vigente a la fecha hasta el 31/10/2020.
- Cobertura afiliatoria a docentes suplentes comunes con vencimiento próximo o vencido recientemente y/o inhabilitada, estando activa en SAGE (Sistema de Personal Docente), hasta el 30/06/2020.
- Cobertura afiliatoria al resto de las docentes, excluidas suplentes comunes, con certificación de cargo, hasta el 30/06/2020.
- Cobertura afiliatoria a afiliados con trámite para baja por Jubilación, hasta el 30/06/2020.
Que se continúa gestionando ante prestadores
SEMPRE detalló sobre el resto de las prestaciones, medicamentos y/o materiales (prótesis, órtesis, y otros) que se podrán gestionar a través de los prestadores o bien los afiliados realizar sus consultas por:
- Medicamentos de excepción y los incluidos en el ANEXO X (provistos a través de compra directa)
-Email: [email protected]
-Teléfono (de 8 a 14:30 horas) 02954-433974, interno 8702-8711-8742-8743.
- Prestaciones médicas, servicios auxiliares, bioquímicas, odontológicas y otras de excepción
-Email: [email protected]
-Teléfono (de 8 a 14:30 h.) 02954-433974, interno 8726-8727-8710.
- Prótesis, órtesis y resto de materiales biomédicos (provisto a través de compra directa)
-Email: [email protected]
-Teléfono (de 8 a 14:30 h.) 02954-433974, interno 8751-8704.
Psiquiatría y reumatología
SEMPRE precisó que aquellos afiliados en tratamiento psiquiátrico o reumatológico que se atiendan a través de los profesionales contratados, serán contactados por la obra social o los respectivos profesionales para coordinar el seguimiento de los tratamientos y prescripción de medicación.
Afiliciaciones
Para consultas o trámite afiliatorios, los interesados deberán comunicarse al:
-Email: [email protected]
-Teléfono (de 8 a 14:30 h.) 02954-433974, interno 8765.
Trámites pendientes
Todas las recetas y/o documentación pendiente de autorización o que debía ser retirada, serán enviadas por SEMPRE a los respectivos domicilios.
La obra social solicita especialmente a todos los afiliados que tengan trámites en la institución, envíar un email a [email protected], detallando:
- Nombre completo del afiliado
- N° DNI
- Teléfono celular
- Domicilio completo (Dirección y localidad actualizada)
- Email de contacto
Próximamente se notificará la forma y los medios de comunicación para el envío de aquellas prestaciones que se reconocen a los afiliados por vía de reintegro.
Para los afiliados adherentes, el pago se podrá realizar por los medios convencionales, agregando la vía de transferencia a la cuenta CBU 0930300110100000551782, CUIT: 30-61650059-3, Razón Social: Servicio Médico Previsional. Una vez abonado se solicitará el envío vía email de la constancia al correo [email protected]
Cualquier otra consulta sobre prestaciones o servicios no contemplados en la información precedente, los afiliados podrán comunicarse vía email a [email protected]