La medida fue pensada como respuesta a las múltiples consultas de comercios afectados por el aislamiento social, preventivo y obligatorio vigente desde mediados de marzo.
La eximición de pago es sobre la Tasa de Salubridad e Higiene y/o el Estacionamiento Medido mensual y aplica al período durante el cual estén imposibilitados de trabajar.
Los destinatarios son salones de eventos y espectáculos, canchas de fútbol 5, establecimientos hoteleros, de enseñanza y de otros rubros que aún no han podido abrir, y que cuenten con habilitación comercial municipal.
El trámite se inicia en el sitio web www.generalpico.gov.ar haciendo click en el botón “EXIMICIÓN DE TASAS A COMERCIOS NO EXCEPTUADOS”. La respuesta por parte del municipio a esta solicitud se enviará al correo electrónico informado. Por dudas o más información, está disponible el teléfono 319300 y el correo electrónico [email protected].
Esta es una iniciativa de la Secretaría de Economía, a través de la Dirección de Desarrollo Económico y de la Dirección de Rentas, con el apoyo de la Secretaría de Desarrollo Social, a través de la Dirección de Nuevas Economías de la Municipalidad de General Pico.