Respondiendo a las demandas de los clubes, que tienen en el ingreso de espectadores una forma de recaudación económica, y atendiendo a las obligaciones que la pandemia de COVID 19 impone, se fijaron los límites de hasta 400 personas cuando las competencias sean en espacios abiertos y en hasta 200 cuando se realicen bajo techo.
Otra disposición es que en las gradas (tribunas) deberá haber una distancia de 2 metros para adelante, 2 para atrás y 2 para los costados entre un espectador y otro. Cuando la ubicación sea en otro sector -paradas alrededor de un alambrado olímpico, por ejemplo- cada persona deberá ubicarse a dos metros de la otra hacia los costados.
En el marco de un trabajo conjunto entre el Estado y las entidades, serán éstas las que deberán informar a la Subsecretaría de Deportes el espacio disponible en cada escenario, a fin de coordinar fehacientemente el número de público que tendrán habilitado cada una. Se reiteró, al respecto, que los límites fijados -hasta 400 y hasta 200- son generales.
Las instituciones tendrán también bajo su responsabilidad la continuidad de las medidas preventivas ya conocidas, como por ejemplo la desinfección de los espacios o el uso de tapabocas. Y se mantiene la prohibición de vender entradas el día de juego, para evitar aglomeraciones.
El equipo de Control de Protocolo de la Subsecretaría tendrá a su cargo velar por el cumplimiento de las medidas, que significan un nuevo avance en dirección a la normalidad de las actividades deportivas que se experimenta desde este mes, con el regreso de los entrenamientos convencionales y que continuará en marzo con retorno de las competencias federadas.