A un año de la histórica sentencia dictada por la Corte Suprema de Justicia, firmada el 16 de julio de 2020, La Pampa sigue esperando que Mendoza cumpla con este fallo, que determina el caudal con el que el río Atuel debe ingresar a la Provincia.La Corte Suprema de Justicia resolvió “fijar como meta interina un caudal mínimo permanente del río Atuel de 3,2 m3/s en el límite interprovincial entre La Pampa y Mendoza (art. 40 , ley 25.675)”.
El agua que ingresa actualmente del río Atuel en La Pampa es de reúso, deteriorada en calidad, como así también producto de las lluvias, tras las precipitaciones dentro de la cuenca media e inferior del río Atuel.
Lo increíble de esta situación es que ninguna autoridad, tanto de la Justicia como del Gobierno nacional haga «algo» para mejorar la condición ambiental en el oeste provincial, ya sea con el cumplimiento del fallo como así también con obras que permitan un mejor manejo del recurso hídrico, que claramente la vecina provincia se apropió y que aún con una decisión tomada por parte del máximo organismo de Justicia incumple sin sufrir ningún tipo de consecuencia.