El contador General de la Provincia, Adrián García, reflejó la actividad del sector público en el marco de la Ley N° 2412, vigente a partir del 17 de agosto. El Poder Ejecutivo Provincial, a partir de esta fecha, autorizó a través de esta Ley a los jefes de jurisdicción a convocar a las personas que estaban dispensadas, a las que tenían algún tipo de enfermedad y que se habían inscripto en su momento pero no habían sido llamados a vacunarse.
“El Decreto dice que quienes tengan una dosis aplicada y después de los 21 días de dicha aplicación, el jefe de Jurisdicción Presupuestaria (ministros, secretarios) pueden convocar a esos empleados a volver a la presencialidad, siempre y cuando se cumplan con los protocolos de COVID-19. Para los empleados de Salud, el esquema debe estar completo con las dos dosis”, comentó.
García aclaró que “todas esas personas estaban trabajando bajo otra modalidad: a través de acceso remoto desde la casa o a contra turnos. En el caso puntual de Contaduría, si queremos convocar a todo el personal, en algunos sectores podemos no cumplir con el distanciamiento”.
En función de la particularidad de cada jurisdicción, de las oficinas y del trabajo implementado, “el jefe convoca en los horarios que cree conveniente, siendo en nuestro caso casi el habitual y algunos empleados vienen a la tarde”.
Las personas que aún pueden seguir dispensados son todos aquellos que tengan hijos en edad escolar hasta 14 años y en la burbuja que les toca, están en su casa. “Si los dos padres son empleados públicos, uno de los dos tiene que elegir tomar la dispensa”.
Detalló que hay algunas enfermedades por las cuales las personas que la padecen siguen dispensadas, como sería el caso de las enfermedades oncológicas, transplantados, inmuno-deprimidos, y otras.
El funcionario evidenció el incremento de la cantidad de personal presencial en Casa de Gobierno, “aunque no tenemos el número preciso. Con el correr de los días en función del parte diario que se genera, se podrá hacer un estimativo”.
García aclaró que el Decreto viene con una Declaración Jurada como anexo, “por la cual una persona que no se vacunó tiene que referir las razones por las cuales no lo hizo. Solo en algunos casos hay prescripción médica, en otros porque eligió no vacunarse. Una cosa es que no vuelva a la presencialidad y otra es que no esté desarrollando tareas laborales, que es distinto. En muchos casos nos han pedido retornar a la presencialidad, ya que implica un desarrollo personal la cuestión laboral. Este Decreto nos da esta posibilidad, pero por ahí reasignando tareas, para que tengan el menor contacto con el resto del personal o atención al público, siempre también teniendo en cuenta el distanciamiento, el uso de barbijo y todos los cuidados”.
Enfatizó que el día a día, “nos va dando la enseñanza para ajustar, volver atrás o avanzar en determinadas cosas. Más allá de este decreto, no perdamos de vista el tema de los espacios ya que no en todos los sectores se puede cumplir con el distanciamiento”, concluyó.