La Municipalidad de General Pico comenzará a regular el empleo de vehículos de movilidad personal a raíz de la puesta en marcha de la ordenanza 701/22, que reglamenta su utilización en la ciudad. Para ello, se llevó a cabo una charla destinada a personal de distintas comisarías y de Tránsito municipal.
El encuentro fue dirigido por el jefe del Departamento de Licencias de Conducir, Daniel Quiroga. En el mismo estuvieron presentes el director de Prevención y Convivencia Ciudadana, Pablo Gandino y el subdirector de tránsito, Rubén Iglesias.
Fue Gandino quien se expidió frente a las y los presentes para dar inicio a la reunión: “Las y los convocamos para ponerlos al tanto de la nueva ordenanza. Vale mencionar que surge de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, que en 2020 había invitado a los municipios de todo el país a adherirse”.
Manifestó que “se comenzó a trabajar en torno a ello, para tener una herramienta legal que nos permita controlar de alguna forma el uso de estos vehículos”.
“En esta primera etapa apuntamos a la educación de la población, ya que estamos iniciando con esto. La gente recién lo va incorporando, se va acercando al área de Licencias de Conducir a realizar las consultas pertinentes”, amplió.
Requerimientos
Cabe recordar que para que los monopatines u otros transportes de similares características puedan emplearse, se debe cumplir con ciertos requisitos.
Entre ellos, utilizar casco protector y vestimenta que refuerce la visibilidad, no circular a más de 25 km/h, no haber consumido alcohol al momento manejar, poseer seguro obligatorio de responsabilidad civil, DNI y cédula de autorización correspondiente y tener colocada la oblea adhesiva otorgada por el registro municipal.
Además, tendrá que contar con frenos, luces blancas delanteras y rojas traseras, sistema de alerta sonora y no podrán ser manejados por menores de 16 años. Las y los usuarios, realizarán un examen psicofísico igual al requerido para la obtención de la licencia de conducir y aprobar un examen teórico que se desarrolla para la licencia A 1 (quedarán exceptuados quienes posean carnet de conducir motocicletas).