La Secretaria de la Mujer, Géneros y Diversidad de La Pampa advirtió que la decisión del Gobierno Nacional de degradar el ministerio, “significará un recorte presupuestario y la posible eliminación de los programas creados para la protección y el empoderamiento de las mujeres, géneros y diversidades”.
Un informe elaborado por el organismo provincial afirma que las medidas implementadas “conculcan derechos que demandaron años de lucha para ser conquistados” y asegura, entre otras cosas, que “destruye la función clave de la Ley Micaela”.
Con respecto a toda la legislación presentada, sea modificación de ministerios, DNU y/o ley ómnibus, claramente tiene la intención de eliminar cualquier mención al colectivo LGBTTI+, y solo hace mención a mujeres y violencia contra las mujeres. No habla de igualdad ni de diversidad, claramente es por la ideología liberal que todas las personas son iguales ante la ley por lo tanto no hace mención a diferencias por género.
Las políticas públicas en términos de igualdad y equidad no pueden reducirse exclusivamente a la violencia, aunque sea importante en términos de resguardo de las personas.
Con el DNU y las misiones y funciones de la nueva subsecretaría, el Gobierno Nacional invisibiliza no sólo una mirada integral sobre las políticas de empoderamiento de las mujeres, sino también al colectivo de la diversidad, desconociendo la desigualdad a la hora de acceder a derechos y políticas en términos de economía, trabajo, educación, entre otros.
El concepto de libertad que guía esta nueva gestión descansa sobre cuestiones mayormente económicas desconociendo en su totalidad el resto de los derechos de las personas, así como la responsabilidad del Estado de garantizarlos.
Aborto y Mil Días
La ley ómnibus enviada al Congreso introduce la denominación de madre embarazada e hijo por nacer con lo que intentan anular los derechos establecidos en las leyes 27.611 (Mil Días) y 27.610 (Aborto). Al eliminar el concepto de personas gestantes se quiere negar la posibilidad de identidades diversas (varones trans) a gestar, como así también a ser atendidas en caso de requerir una IVE.
De la misma manera en el DNU, al reformar la ley de Mil Días, de acompañamiento en el cuidado de la salud de la primera infancia, reduce un derecho universal a situaciones de vulnerabilidad.
La Ley Mil Días propone ampliar derechos, asegurando el acceso a un sistema integral de cuidado, a través de políticas de ingreso, identidad, salud, desarrollo social, educación, protección, género, cultura para toda la sociedad, entiendo la importancia de proteger, fortalecer y acompañar el cuidado integral de la vida y la salud de las personas gestantes y las niñas y los niños en sus primeros 3 años.
La nueva propuesta desconoce a las personas con otras identidades de género con capacidad de gestar. Además, establece que «la Asignación por Embarazo para Protección Social consistirá en una prestación monetaria no retributiva mensual que se abonará desde el inicio del embarazo hasta su finalización, siempre que no exceda de nueve (9) mensualidades, debiendo solicitarse a partir de la decimosegunda (12) semana de gestación. Dicha asignación quedará sujeta al cumplimiento de los controles médico sanitarios que establezca la autoridad de aplicación”.
En términos presupuestarios, si bien no explica claramente el presupuesto que dispondrá Nación, delega en provincias y municipios la contratación de personal para el seguimiento, asesoría y control de casos.
La autoridad de aplicación, ya no será Salud.
Ley Micaela
La ley Micaela fue promulgada en el año 2009 y establece la capacitación obligatoria en género y violencia de género para todas las personas que se desempeñen en la función pública, en los tres poderes del Estado: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Se llama así en conmemoración de Micaela García, una joven entrerriana de 21 años, militante del Movimiento Evita, que fue víctima de femicidio en manos de Sebastián Wagner.
La modificación impuesta por Milei destruye la función clave de una ley que tenía como objetivo concientizar sobre violencia machista a funcionarios de los tres poderes.
Habla de Violencia Familiar y Mujer, nuevamente omite la mención del Género. Y restringe la aplicación solo para los organismos pertinentes, o sea que eliminaría prácticamente la aplicación a la Administración Pública, dejando solo la capacitación para organismos involucrados.
Las modificaciones planteadas, cambian radicalmente el espíritu político- filosófico de la ley Micaela. Reemplazar el concepto de capacitación en la temática de género y violencia contra las mujeres por el de “violencia familiar y hacia las mujeres”, desconoce y acota las modalidades de violencias a las diversidades.
Con la pretensión de circunscribir la capacitación a las personas que se desempeñen en la función pública en “los organismos competentes en la materia”, excluye a todas las personas que se desempeñan en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes ejecutivo, legislativo y judicial.
Con estas reformas a la ley Micaela, se amenazan una sólida concepción de políticas públicas en materia de género, ya que se acota de manera descabellada la capacitación propuesta en la Ley, que alcanza a todo el personal de la administración pública, sin distinción de antigüedad ni jerarquía, ni nivel de gobierno en el que se desempeñe. Acota su rango, reduciendo al máximo el amplio espectro al que pretendía alcanzar la ley.
Si estas modificaciones que atropellan derechos se llevan a cabo, los funcionarios que toman decisiones complejas, urgentes y decisivas para la población, quedarían excluidos de la capacitación en la que se plantea la necesidad de pensar políticas públicas desde la perspectiva de género.
Por otra parte, se omite hablar sobre las diversidades sexuales y sus derechos.
De llevarse a cabo la modificación, se atrasaría siglos las conquistas logradas en materia de derechos humanos y además, se destruye la función clave con la que fue pensada la ley Micaela, que es llegar a todos los estamentos del Estado, y así a la ciudadanía.
El problema de la violencia contra las mujeres y las identidades disidentes, no es una idea, es un grave problema cultural en el mundo, que debe ser abordado por el Estado, y dentro de él, por la institución específica que atienda las violencias contra las mujeres y diversidades.
Conocer sobre los derechos permite una eficiente y respetuosa aplicación de las leyes que regulan y rigen las sociedades. Este es el espíritu fundacional de la Ley Micaela, que sería obstaculizado en absoluto, si las reformas que contienen el DNU se concretaran.
Por último, no hay menciones de lo que pasará con el Sistema Integrado de Casos de Violencia por Motivos de Género (SICVG), y tampoco con la línea gratuita 144 de asesoramiento a las víctimas por motivo de género. En este caso, seguiría ya que hace mucho hincapié en líneas telefónicas gratuitas de atención a personas vulnerables. Y según se interpreta toda la gestión va a ser articulado entre municipio, provincia y nación.