Guillermina Castro y María Zapata, directora de Tránsito y Subdirectora de Inspecciones de la comuna santarroseña, respectivamente, se refirieron a la reciente puesta en vigencia de la normativa que establece la prohibición total de circular, en cualquier vehículo, con una graduación alcohólica superior a cero miligramos por litro de sangre en el cuerpo.
En ese sentido, Castro detalló que “luego de haberse aprobado por parte del Concejo Deliberante la Ordenanza respectiva, y ser luego promulgada por el Intendente y publicada en el Boletín Oficial del Municipio, quedó en condiciones de comenzar a aplicarse dicha normativa. Lo cual significa que para todos los conductores de vehículos, queda prohibida la conducción de cualquier tipo y categoría de vehículos con una alcoholemia superior al índice cero”.
Afirmó además que a partir de la nueva reglamentación, queda sin efecto la anterior normativa que estaba regida por una ley nacional, establecía ciertas graduaciones de tolerancia de hasta 0,5 conductores de vehículos particulares, y hasta 0,20 para motovehículos, quedando todas las categorías ahora en igualdad en cuanto a la prohibición de circular con alcohol en sangre.
Por otro lado, indicó que el objeto de la normativa es ir abordando cada uno de los factores que influyen en la ocurrencia de los siniestros viales, como en este caso el alcohol. Por tratarse de un inmunodepresor del cerebro y de las condiciones de aptitud para conducir, dado que afecta tanto los sentidos como la estabilidad y la capacidad de discernimiento, con mayor gravedad cuanto mayor es la graduación de alcohol en sangre. Por ello, mencionó que la nueva normativa propone lograr un cambio de hábitos y cultura, para disociar la ingesta de alcohol de la conducción de vehículos.
Se acentuará el control de decibeles en caños de escape
También en el marco de los controles de tránsito y del abordaje de la política pública ambiental, Castro resaltó que es común en esta época de temperaturas más agradables, que comience a proliferar con mayor medida la circulación de motovehículos en general, y entre los mismos, algunos que poseen escape libre o no reglamentarios, y que ocasionan contaminación sonora y ambiental por sobrepasar el límite de decibeles establecido por la normativa que rige sobre ruidos molestos. Además, muchos de esos vehículos que infringen la normativa circulan por las inmediaciones de los nosocomios, generando una situación traumática para muchos pacientes que se encuentran internados y requieren de mayor tranquilidad para acentuar su recuperación.
En ese punto, la Subdirectora de Inspecciones María Zapata, indicó que los vehículos que utilizan el escape libre, sin silenciador, infringen no solo una ley nacional, en cuanto a los recaudos de ruidos y emisión de gases al ambiente, sino también la ordenanza municipal N° 3846/08, donde se especifica que las motos de hasta 50 cm3 de cilindrada tienen un tope de 75 decibeles en cuanto a la generación de emisiones sonoras, mientras que para motos de más de 50 cm3 de cilindrada y vehículos automotores en general, el tope es de hasta 82 decibeles.
En ese caso, explicó que durante los operativos de control de tránsito que se realizan habitualmente en distintos puntos de la ciudad, se efectúa un procedimiento de medición de sonoridad en los caños de escape mediante un decibelímetro, y en consecuencia, si la medición supera los límites establecidos por la normativa vigente, como medida cautelar se retiene preventivamente vehículo, y luego a través del Juzgado de Faltas que es la autoridad de aplicación, se ordena el secuestro y decomiso de los caños de escapes no reglamentarios, y dado que los mismos deben salir de circulación para evitar que continúen produciendo contaminación sonora, se ordena su destrucción.
En tanto, explicó en cuanto a la restitución de los vehículos retenidos, que una vez subsanada la falta, cuando su titular se presenta provisto de un nuevo caño de escape acorde a la reglamentación vigente, el mismo puede retirar su vehículo