Funcionarios judiciales se refirieron al proyecto presentado por tres diputados provinciales para elevar las penas para los delitos contra la integridad sexual.
Consideraron que las penas por este tipo de delitos son altas, «muy cercanas a la escala del homicidio” y advirtieron que “el aumento de las penas históricamente no ha tenido incidencia directa en la reducción del delito”.
Los diputados Sandra Fonseca, Maximiliano Aliaga (ambos de Comunidad Organizada) y Gisela Cuadrado (UCR) presentaron a mediados de octubre un proyecto de resolución solicitando a los legisladores nacionales que realicen las gestiones necesarias para elevar las penas para los delitos contra la integridad sexual contemplados en el Código Penal de la Nación Argentina.
La iniciativa surge ante la preocupación por el creciente aumento de los delitos sexuales en el país, señalando la gravedad de estas ofensas y el impacto devastador en las víctimas y sus familias.
De acuerdo con el Observatorio de Femicidios de la Corte Suprema, en 2022 se registraron más de 1.200 denuncias de delitos sexuales en Argentina. Además, el Ministerio de Seguridad informó que un alto porcentaje de estos delitos permanece impune, con escasas resoluciones judiciales.
Los legisladores subrayaron que las víctimas de estos delitos enfrentan traumas físicos y psicológicos que pueden perdurar toda la vida. Por ello, resulta fundamental contar con un marco legal que brinde una respuesta proporcional a la gravedad de estos actos, ofreciendo justicia y reparación. En este sentido, elevar las penas es una herramienta clave para combatir estos delitos, en conjunto con campañas de sensibilización y educación que fomenten el respeto a la integridad sexual y los derechos humanos.
En La Pampa, según datos de la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia, en 2023 se reportaron 122 denuncias de abuso sexual, destacando marzo como el mes con más casos. Sin perjuicio de ello, en el caso de la provincia de La Pampa las estadísticas del Poder Judicial demuestran que la mayor cantidad de juicios realizados y condenas dictadas lo son en casos de abuso sexual.
Sobre la iniciativa, funcionarios consultados manifestaron que no se desconoce la problemática social de estos casos, muchos de ellos intrafamiliares, pero consideran que tampoco se pueden analizar las penas de un delito de manera aislada respecto del resto del Código, que es lo que ha venido pasando y hace que haya muchos delitos contra la propiedad que tengan penas mucho mayores que delitos contra las personas.
Sostuvieron que este tipo de planteos “requiere de un análisis más amplio” y sostuvieron que “las penas de abuso sexual agravado llegan a 20 años y, por ejemplo, por homicidio van de 8 a 25 años. Son penas muy cercanas a la escala del homicidio, son penas altas”.
Las fuentes consultadas manifestaron que se analizan justamente los mínimos y los máximos que están establecidos porque cada caso en particular tiene un análisis distinto. No son todos los casos iguales ni todos merecen el mismo reproche, porque está el principio de proporcionalidad y razonabilidad, que también son garantías constitucionales, así como están las garantías de las víctimas.
Más allá de la cuestión del monto de la pena, los funcionarios judiciales advirtieron: “creemos que no debemos olvidarnos que cuando un hecho llega al derecho penal es porque ya ocurrió. Las penas más o menos elevadas no hacen en sí mismo a la prevención”. Y recordaron que “el aumento de las penas históricamente no ha tenido incidencia directa en la reducción del delito”.